Mecanismo mediante el cual el reclamante tiene la oportunidad, por única vez, de objetar o aportar el soporte que subsane las glosas aplicadas en el proceso de auditoría como resultado del incumplimiento de alguno de los requisitos previstos. Acción que podrá realizarse dentro de los dos (2) meses siguientes a la comunicación de resultado de auditoría, de acuerdo con lo definido en el artículo 23 de la Resolución 1645 de 2016 o norma que la modifique o sustituya.