​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​¿Qué hace?​​​​​​​​​

De conformidad con lo establecido en la Ley 1753 de 2015, la Junta Directiva se crea como un órgano de dirección y administración de la ADRES, que formula los criterios generales para su adecuada administración y ejercerá las funciones que le señalen su propio reglamento, actualmente adoptado mediante Acuerdo No. 0001 del 20 de enero de 2021 ​

Grupo

 Miemb​ros de la Junta Directiva​​






En desarrollo de lo previsto en el artículo 8 del Decreto 1429 de 2016 y las demás que lo modifiquen o adicionen, son funciones de la Junta Directiva:

  • 1. Orientar el funcionamiento general de la Entidad y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y de conformidad con las políticas del Ministerio de Salud y Protección Social.
  • 2. Aprobar el plan estratégico de largo, mediano y corto plazo de la Entidad y los planes operativos.
  • 3. Formular los criterios generales para la administración de los recursos conforme a lo establecido en la Ley 1753 de 2015.
  • 4. Solicitar y conocer los informes de gestión de la Entidad, con el fin de hacer las recomendaciones a que haya lugar.
  • 5. Impartir las directrices de coordinación intra e interinstitucionales para la ejecución de las actividades a cargo de la Entidad.
  • 6. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por el Director General de la Entidad y aprobar sus estados financieros.
  • 7. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Entidad.
  • 8. Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 115 de 1996 y normas que regulen la materia.
  • 9. Aprobar, a propuesta del Director General de la Entidad, la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
  • 10. Aprobar las propuestas de modificaciones a la estructura y planta de personal de la Entidad para su trámite y aprobación ante el Gobierno Nacional.
  • 11. Adoptar el Código de Buen Gobierno de la Entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento.
  • 12. Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento.
  • 13. Las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento.