Talento humano

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​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​​Organigrama y Funciones​​​​​​​​​

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​​Conozca el equipo directivo>>​​​​​​​​​​

​​Tiene a cargo, entre otras, las funciones de orientar el funcionamiento general de la Entidad y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y de conformidad con las políticas del Ministerio de Salud y Protección Social. Definidas en artículo 8 del decreto 1429 de 2016. ​

​​Encargado de Dirigir y evaluar la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de la entidad y orientar el cumplimiento de sus objetivos y funciones; impartir instrucciones de administración, organización y funcionamiento de la entidad; presentar a la Junta directiva el plan estratégico de la entidad, el anteproyecto anual de presupuesto y sus modificaciones, junto con los estados financieros; orientar y dirigir los sistemas de control de gestión administrativa, entre otros. Art. 9 Decreto 1429 de 2016. ​​

​​​Dirigir, administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeación y Gestión de la Adres, asesorar a la Dirección General y dependencias de la entidad en el diseño e  implementación del sistema de gestión de riesgos de operación, definir las directrices, metodologías, instrumentos y cronogramas para la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la planeación institucional, y las definidas en el artículo 10 decreto 1429 de 2016.​​

​Asesorar al despacho del Director General de la Adres y a las demás dependencias en los asuntos jurídicos de competencias de la misma, representar judicial y extrajudicialmente a la ADRES en los procesos judiciales y procedimientos administrativos, previo poder o delegación del Director General. Art. 11 Decreto 1429 de 2016.​​

​Art 12 Decreto 1429 de 2019. Encargada de adelantar los procesos de evaluación del desarrollo del Sistema de Control Interno, asesorando en el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, planes, programas, proyectos, procedimientos, objetivos y metas de la Entidad, verificando su operatividad según estándares de calidad y recomendando los ajustes necesarios, con el fin de mejorar la gestión y minimizar los riesgos.​​

​Tiene como objetivo dirigir la definición, implementación y gestión de los procesos y proyectos relacionados con la infraestructura informática y de telecomunicaciones de la Entidad, que permita operar, mantener, actualizar y mejorar el sistema de información, los procesos misionales y el esquema de soporte lógico y físico. Aplicar los lineamientos y procesos de arquitectura tecnológica del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los parámetros gubernamentales para su adquisición, operación, soporte especializado y mantenimiento. Art. 18 Decreto 1429 de 2016.​​

​Asiste al Director General en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de los recursos financieros del Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS conforme a la normatividad vigente; planea, ejecuta y controla las políticas, planes, programas y demás acciones relacionadas con la gestión y las operaciones presupuestales, contables y de tesorería de recursos financieros del SGSSS, entre otras. Art 13 Decreto 1429 de 2016.​​

​Dirige el proceso de compensación mediante el cual se reconoce la Unidad de Pago por Capitación UPC y el per cápita de Promoción y Prevención y la liquidación y reconocimiento de las prestaciones económicas a los afiliados al régimen contributivo y los regímenes especiales y exceptuados con ingresos adicionales. Igualmente reconoce, liquida y audita los procesos de reconocimiento y pago de las prestaciones económicas del régimen subsidiado e imparte las directrices de ejecución de la Subcuenta de Garantías para la Salud. Art 14 Decreto 1429 de 2016.​​


​La Dirección de Otras prestaciones tiene como función planear, hacer seguimiento y verificar el proceso de liquidación, reconocimiento, pago y auditoria de otras prestaciones por concepto de los servicios de salud, determinados por el Ministerio de Salud y Protección Social, de las víctimas de Eventos Catastróficos, Terroristas y de Accidentes de Tránsito –ECAT- y las indemnizaciones y auxilios a las víctimas de eventos catastróficos y terroristas-Reclamaciones-, de acuerdo con la normatividad legal vigente, entre otras relacionadas con los mismos procesos. Art. 17 Decreto 1429 de 2016.​