¿Qué plazo hay para reclamar?
Es importante tener en cuenta que el derecho a la reclamación se genera en el momento en el que fallece la víctima o con la firmeza del dictamen de pérdida de capacidad laboral.
Si el derecho a reclamar se generó entre el 9 de junio de 2015 y el 18 de mayo de 2023 será de tres años contados a partir de la fecha de fallecimiento de la víctima o de la firmeza del dictamen de pérdida de capacidad laboral.
Para los casos en que se generó el derecho a reclamar a partir del 19 de mayo de 2023 será de 18 meses contados a partir de la fecha de fallecimiento de la víctima, o de la firmeza del dictamen de pérdida de capacidad laboral.