Devolución de aportes pagados directamente a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES

​​​​Descripción

Obtener la devolución de los aportes que fueron pagados sin justa causa a la Administradora de l​os Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES​​

​¿Cómo funciona? ​


1. Ingrese al sitio web indicado con el usuario contraseña asignado

Para acceder al módulo debe ser aportante al régimen especial y de excepción. Una vez ingrese al módulo, haga click sobre el botón de certificaciones, descargue la certificación e imprímala si lo requiere. Con los funcionarios de atención al ciudadano de la Dirección Administrativa y Financiera, puede recibir orientación para generar la certificación.


Pago Recaudo Rex

Mediante la resolución 5510 de 2013 y 2634 de 2014 en su parágrafo 3, el Ministerio de Salud y Protección Social, implementa el nuevo mecanismo de recaudo y pagos de prestaciones económicas y devolución de aportes de los afiliados y entidades del régimen de excepción y/o especial, a través de la página web de ADRES, el cual se presenta a continuación:​
PAGO REX

2. Reunir documentos


- Formato generado por el sistema Pago Recaudo Rex
- Certificación bancaria: con datos de la cuenta, donde se debe abonar los recursos por parte de ADRES con firma autógrafa. No son válidas las certificaciones que se descargan de la página web de la entidad financiera.

3. Radicar documentos en la ventanilla de correspondencia:


En la ventanilla de correspondencia

Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-ADRES
AC 26 # 69 - 76, ED Elemento TO 1 OF 17
Bogotá, distrito capital / Bogotá d. c.
Lunes a viernes de 08:00 a. m. a 04:00 p. m.
(1) 4322760


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  • ¿Resultados que se obtiene?.

    Devolución de aportes , que se obtiene en 10 Día(s) - hábil(es). Los diez (10) días se refieren a la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud. El pago estará sujeto a la aceptación del contenido del acto administrativo.

  • ¿Cuándo se puede realizar?

    Los afiliados solo podrán solicitar ante la ADRES la devolución de pagos efectuados sin justa causa, dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de pago.