En esta opción encuentra los documentos donde se detalla el procedimiento de cada uno de los subprocesos del régimen contributivo. ​
​El proceso integral del régimen contributivo se compone de una serie de actividades desarrolladas por grupos de valor de la ADRES bajo definiciones y lineamientos normativos que reglamentan los procedimientos que hacen parte de este proceso, para garantizar el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Por lo tanto, en esta opción encuentra el documento con los rasgos característicos del proceso integral del régimen contributivo.​

​ El procedimiento de la conciliación PILA - Financiero, especifica las actividades que adelanta la ADRES para conciliar la información de las personas cotizantes que aportan al Sistema General de Seguridad Social en Salud mediante las planillas PILA y la información de los aportes recaudados en las cuentas maestras de recaudo de cada EPS – EOC.​
​El procedimiento de la conciliación PILA - BDUA y preliquidación, especifica las actividades que adelanta la ADRES para validar la información de las personas cotizantes de las planillas PILA contra la información registrada en la Base de Datos Única de Afiliados – BDUA y a partir de esta obtener los beneficiarios del cotizante para generar la liquidación de la Unidad Per Cápita – UPC, el per cápita de Promoción y Prevención – PYP de cada uno de los afiliados y la provisión de Incapacidades por Enfermedad General – IEG por los afiliados cotizantes. 
​El procedimiento de la compensación, especifica las actividades que adelanta la ADRES para consolidar la información de los valores de la Unidad de pago por Capitación (UPC, el per cápita de Promoción y Prevención (PYP), y la provisión de Incapacidades por Enfermedad General (IEG) liquidadas en el procedimiento de conciliación PILA-BDUA y preliquidación, para entregarlo a cada EPS – EOC y finalmente ordenar el giro de los recursos a cada una de estas. Así mismo, el procedimiento especifica las actividades que se realizan para actualizar la información de la consulta del histórico de liquidaciones de la página web con la información de los afiliados objeto de la liquidación expuesta.
​El procedimiento corrección de registros inconsistentes y transferencias especifica las actividades que adelanta la ADRES para realizar las correcciones, por solicitud de las EPS – EOC, de la información inconsistente registrada en la PILA y que requiere ajustes para lograr la compensación. Adicionalmente especifica las actividades realizadas para transferir cotizaciones de afiliados cotizantes de una EPS – EOC a otra de acuerdo con la solicitud de la EPS que recibe el recaudo erróneo y el estado de afiliación registrado en la Base de Datos Única de Afiliados – BDUA.​
​El procedimiento corrección de registros compensados especifica las actividades que adelanta la ADRES para corregir la información de los afiliados liquidados y pagados a las EPS – EOC en el procedimiento de compensación, como resultado de solicitudes de devolución de cotizaciones realizadas por los aportantes ante las EPS – EOC o por gestión que estas realizan para el ajuste de la liquidación de la Unidad Per Cápita – UPC y el pre cápita de Promoción y Prevención recibido de la ADRES, lo que puede dar lugar a reconocimientos a favor de las EPS – EOC o de valores que dichas entidades deben retornar a la ADRES.
​El procedimiento prestaciones económicas especifica las actividades que adelanta la ADRES para la validación y reconocimiento a las EPS – EOC como recobro por las licencias de sus afiliados que fueron tramitadas, validadas y pagadas a los empleadores o cotizantes independientes en proporción al ingreso base de cotización y días por el que efectuó los aportes al Sistema, definidas en el Decreto 780 de 2016 y la Ley 1822 de 2017. En este procedimiento, las EPS reportan las incapacidades de manera informativa y el recobro de las licencias presentadas por primera vez, la corrección de licencias glosadas o la corrección de licencias ya aprobadas indicadas en la Nota Externa 5215 de 2012 y 201433210469851 de 2014.
​El procedimiento de la conciliación mensual especifica las actividades que adelanta la ADRES para generar el informe mensual conciliación de las cuentas maestras de recaudo de las cotizaciones al sistema de salud recaudadas mediante la planilla PILA, en el cual se consolida las cotizaciones recaudadas y los recursos compensados, transferidos o devueltos en el mes inmediatamente anterior y como resultado de esto, se identifican los intereses de mora de cotizaciones extemporáneas y las cotizaciones que no fueron objeto de los procedimientos de compensación, devolución o transferencias, las cuales son transferidos a la ADRES junto con los intereses de mora.​
​El procedimiento del giro directo especifica las actividades que adelanta la ADRES para habilitar las IPS y proveedores de tecnologías en salud que podrán ser beneficiarios de la programación de pagos realizada por las EPS que no cumplan con las metas del patrimonio adecuado, o se encuentre incursas en medidas de vigilancia especial, intervención o liquidación por parte del organismo de vigilancia y control. Adicionalmente incluye las actividades que se realizan para llevar a cabo la habilitación de la plataforma SISPRO para la validación y transporte de los archivos de pago remitidos por las EPS, el procesamiento de estos en el sistema de la ADRES y la ordenación del pago a favor de las IPS y proveedores autorizados por las EPS.​

El procedimiento de revisoría fiscal especifica las actividades que adelanta la ADRES para recepcionar y validar la certificación presentada por el revisor fiscal de cada una de las EPS – EOC el último día hábil de cada mes con la información correspondientes a los resultados de la compensación, las devoluciones, y las prestaciones económicas realizados el mes inmediatamente anterior.
​El procedimiento de las cuentas maestras de pago especifica las actividades que adelanta la ADRES para cargar y registrar en su sistema la información reportada por las entidades bancarias, respecto de los pagos que realizan las EPS – EOC con cargo a los recursos que le gira la ADRES en la cuenta maestra de pagos como resultado de los procedimientos de compensación, devoluciones, corrección de registros compensados, prestaciones económicas y rendimientos financieros.​
​El procedimiento de estructura de costos especifica las actividades que adelanta la ADRES para cargar y registra en su sistema la información de costos de recaudo remitidos por las EPS-EOC y la validación de los rendimientos financieros y la apropiación de rendimientos financieros conciliados en el procedimiento de conciliación mensual.​
​ El procedimiento de habilitación y cancelación de cuentas maestras especifica las actividades que adelanta la ADRES para registrar y actualizar en su sistema de información los datos de las cuentas maestras abiertas y cerradas por las EPS – EOC en las entidades financieras, mediante la estructura definida en la normatividad vigente.​
​El procedimiento de devolución de aportes SGP 1994-2011 especifica las actividades que adelanta la ADRES para girar a las entidades beneficiarias de la devolución de los recursos de SGP, los valores autorizados por la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social que fueron certificados por las EPS-EOC y que cumplen con los requisitos establecidos en la Nota Externa 201732000178403 del 21 de julio de 2017.