- La ADRES está comprometida con el giro oportuno de recursos que se ordenen para atender la situación.
Bogotá, D.C., agosto 10 de 2026
A raíz de la emergencia generada por el terremoto de este lunes, 10 de agosto, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES, se permite informar a la ciudadanía que la entidad realiza dos tipos de reconocimientos a las víctimas de estos eventos catastróficos:
- Pago de indemnizaciones y gastos funerarios para las víctimas mortales de catástrofes y/o eventos naturales, así como aquellas con incapacidad permanente. En estos casos, los pagos se efectúan previa certificación expedida por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, en el lugar de los hechos.
- Pagos de servicios de salud prestados a las víctimas de estos eventos (urgencias, cirugías, hospitalización, rehabilitación para los afectados, traslado al centro médico asistencial). En este caso, las Instituciones Prestadoras de Salud, IPS, se encargan de hacer los recobros con cargo a la ADRES. La entidad evalúa la pertinencia médica, jurídica y financiera de las facturas radicadas para proceder a la entrega de recursos. Se debe tener en cuenta que no se cubren daños materiales ni afectaciones a infraestructuras físicas.
Se debe tener en cuenta que ara el reconocimiento de estas prestaciones es necesario acreditar que la afectación tiene relación con el evento catastrófico y cumplir los requisitos y documentos establecidos para cada tipo de reclamación, entre estos, la certificación expedida por el Consejo Municipal o Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres correspondiente, en los términos establecidos en la normativa vigente.
En consecuencia, la ADRES abre sus canales para atender las reclamaciones de las personas naturales afectadas y agilizar el pago correspondiente de manera oportuna.
Consulte el paso a paso para realizar las reclamaciones en el siguiente enlace servicios.adres.gov.co/ecat/procesos-y-procedimientos-ecat/procedimientos-ecat
En caso de dudas, escriba a: corrrespondencia1@adres.gov.co / correspondencia2@adres.gov.co
La ADRES está comprometida con el giro oportuno de recursos que se ordenen para atender la situación.




