ADRES precisa plazo para radicación de reclamaciones por accidentes de tránsito

 26/08/2024 12:09

  • -Este plazo aplica para el requisito de certificado de agotamiento de cobertura que deben presentar los prestadores de servicios de salud ante la entidad. 

Bogotá D.C., 12 de julio de 2024 

La Administradora de los Recursos de Salud - ADRES, en desarrollo de la Resolución 1236 de 2023 del Ministerio de Salud, que establece los criterios para la presentación de reclamaciones, hizo una precisión sobre el plazo para la radicación de cuentas médicas por accidentes de tránsito con tarifa diferencial de SOAT. 

En el marco de dicha resolución, ahora las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS, que radiquen las reclamaciones por accidentes de tránsito, tendrán 18 meses contados a partir de la expedición del certificado de agotamiento de cobertura que entregan las aseguradoras como requisito para el reconocimiento de los servicios de salud prestados.  

Cabe destacar que el término para la radicación de reclamaciones y recobros con cargos a los recursos del sistema de salud que administra la ADRES está establecido en el artículo 152 de Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. 

Consulte aquí la Resolución 1236 de 2023 del Ministerio de Salud