Cargando el trámite…
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Obtener el reconocimiento de prestaciones económicas a cargo del Sistema General de Seguridad Social en Salud —incapacidades por enfermedad general, licencias de maternidad y licencias de paternidad— a favor de quienes están afiliados a los regímenes especial y/o de excepción.
Para iniciar el trámite de reconocimiento de prestaciones económicas, el usuario debe registrarse y activar su cuenta en la plataforma. Una vez completado este proceso, deberá iniciar sesión seleccionando la opción correspondiente según su registro como persona natural o jurídica, diligenciando el tipo y número de identificación, la contraseña y el código captcha. Al ingresar, será dirigido a la página principal del trámite, donde encontrará información general y las opciones Crear solicitud, para registrar una nueva solicitud; Consultar solicitud, para verificar el estado de las solicitudes registradas; Consulta de cotizaciones: Puede consultar por afiliado o aportante las cotizaciones efectuadas por PILA y Continuar solicitud, para retomar aquellas que se encuentren en estado Iniciada y pendientes de completar. A través de estas funcionalidades, usted como usuario podrá diligenciar la información requerida en cada una de las etapas del trámite y, una vez finalizado el proceso de manera exitosa, el sistema generará un Número Único de Solicitud, que servirá como identificador para su seguimiento y consulta.
Antes de iniciar la solicitud, verifique que pertenece a un régimen especial o de excepción y que cuenta con la totalidad de los documentos requeridos para el trámite. Entre estos se encuentran la incapacidad y/o licencia transcrita por el régimen al que pertenece, la certificación bancaria del aportante, el Registro Único Tributario (RUT) y los demás soportes exigidos según el tipo de prestación económica que se pretenda reconocer. Contar con la documentación completa permitirá una adecuada radicación y gestión de la solicitud.
Al finalizar el proceso de radicación, el sistema mostrará una pantalla de confirmación con la información correspondiente a la solicitud presentada, incluyendo el número de radicación, la fecha de radicación y la descripción del trámite realizado. El usuario podrá descargar el comprobante en formato PDF mediante la opción “Descargar comprobante”. Adicionalmente, recibirá un correo electrónico con los datos de la radicación y el comprobante adjunto. En caso de presentarse algún inconveniente técnico durante el proceso, podrá comunicarse con ADRES para recibir orientación y soporte a través de la dirección Avenida Calle 26 No. 69-76, Edificio Elemento, Torre 1, Oficina 1601, Bogotá D.C., en horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m., o al teléfono (601) 432 2760.
Una vez concluido el trámite, la ADRES notificará al aportante el acto administrativo que resuelva la solicitud mediante notificación electrónica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56 y 67 de la Ley 1437 de 2011 —Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo—. Para estos efectos, se utilizará la dirección de correo electrónico registrada y autorizada por el solicitante durante el proceso de inscripción en la plataforma. En caso de que la notificación electrónica no pueda efectuarse por causas atribuibles al destinatario o por cualquier otra circunstancia que impida su realización, la notificación se surtirá mediante aviso, conforme a los términos y efectos previstos en los artículos 68 y 69 de la citada ley.