ADRES optimiza la radicación de reclamaciones por accidentes de tránsito

  • ​· Se busca disminuir la cantidad de reclamaciones que deben radicar mes a mes las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), con celeridad y menos formularios.


Bogotá D.C., 05 de abril de 2024


A partir del pasado 1 de abril, la ADRES inició la reducción del trámite de presentación de cuentas médicas por accidentes de tránsito por parte de las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS).


De acuerdo con la resolución 1379 del 27 de febrero de 2024, se deben tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • · Los servicios de salud de atención inicial en urgencias o atención en urgencias u hospitalización de una misma víctima y evento deben agruparse para presentar una factura unificada.

  • · Los servicios de salud prestados o derivados de una atención ambulatoria de una misma víctima y evento deben agruparse en una factura unificada que contenga esta atención en un bimestre.


La norma aplica a prestadores de servicios de salud que realicen reclamaciones para el pago de los servicios de salud derivados de accidentes de tránsito de vehículos no identificados o no asegurados con póliza SOAT y eventos catastróficos de origen natural o terrorista.


Jairo Tirado, director de Otras Prestaciones de la ADRES, destacó algunos beneficios de la implementación del trámite: “disminuye tiempos, optimiza el proceso y facilita el flujo de los recursos con los prestadores de salud. Antes, cada vez que una persona recibía una atención en una clínica se generaba una reclamación; ahora, se hace una sola reclamación por las atenciones realizadas durante un período de dos meses”.


Se precisa que las reclamaciones radicadas antes del 1 de abril no se verán afectadas en los tiempos de trámite de auditoría realizados por la ADRES.