En 2023, ya se han girado más de $35.676 millones a residentes médicos


  • - Un total de 5.693 residentes médicos que cursan su especialización médico-quirúrgica ya recibieron sus pagos en lo que va del presente año.

 

Bogotá D.C. 9 de marzo del 2023. El Gobierno Nacional en su compromiso con el talento humano en salud y el fomento de la educación en las áreas de la salud, destaca que en lo corrido del presente año se han girado $35.676.855.261,00 a un total de 5.693 residentes médicos por concepto de apoyo de sostenimiento educativo mensual.

 

En tal sentido, Carmen Rocío Rangel Quintero, directora de Gestión de los Recursos Financieros de la Salud de la ADRES, indicó que “ya son dos importantes pagos los que se han ejecutado en 2023, en cumplimiento de las autorizaciones realizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS)".

 

Es así como en febrero, se realizó el pago por valor de $35.233.027.261,00 correspondiente 5.559 residentes médicos. Y recientemente, el pasado 3 de marzo, se ejecutó el giro del apoyo de sostenimiento educativo a 134 residentes por un total de $443.828.000,00.

 

Proceso que se surte para el pago

 

De conformidad con el marco normativo que regula el Sistema Nacional de Residencias Médicas, amparado en la Ley 1917 de 2018 modificada por el Decreto Ley 2106 de 2016, la Resolución 1052 del 2020 del MSPS y el Manual Operativo del Sistema Nacional de Residencias Médicas, se les informa a los beneficiarios del apoyo, y a los demás interesados, los aspectos que deben tener en cuenta para obtener el giro de los recursos:

 

1.   Mensualmente las Instituciones de Educación Superior – IES- deben registrar la información en el módulo de residentes del Sistema Nacional de Residencias Médicas (SNRM) en Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS), el cual fue dispuesto por el MSPS para consolidar los anexos de los residentes médicos .La información registrada por la IES es verificada y validada por la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud del MSPS, de conformidad con lo establecido en la Resolución 1052 de 2020 y el Manual Operativo del SNRM.

 

2.   Dentro del Manual Operativo el MSPS estableció el procedimiento para el registro de la información, contenido del contrato especial para la práctica formativa, validaciones y aprobación de la información registrada y el giro de los recursos al residente beneficiario. Adicionalmente estableció el cronograma de reporte y validación de la información.

 

3.   Una vez verificada y validada la información, el MSPS deberá expedir una comunicación dirigida a la ADRES autorizando el pago del respectivo mes, detallando información del beneficiario incluida la cuenta bancaria.

 

4.   Allegada la información por parte del MSPS a la ADRES, se realiza la validación de esta, así como el registro de las cuentas bancarias, para proceder con la ordenación del gasto.

 

5.   Finalmente, se realiza el pago por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES-, que según el Manual Operativo del SNRM, no puede ser mayor de siete (7) días hábiles. No obstante, la ADRES realiza los pagos en el menor tiempo necesario para la gestión.

 

Es de tener en cuenta que la ADRES únicamente podrá efectuar los giros a los beneficiarios del SNRM que el MSPS autorice por medio de comunicación, toda vez que el marco normativo establece que se requiere la validación y verificación de los requisitos establecidos para el SNRM.