ADRES publica estado de la deuda no restituida por entidades territoriales

  1. -De esta manera la ADRES da cumplimento Artículo 2.3.2.6.2 del Decreto 2259 del 22 de 2023.



Bogotá, febrero 16 de 2024.

De acuerdo con la Ley 2294 de 2023 y en cumplimiento del artículo 2.3.2.6.1 del Decreto 2259 del 22 de diciembre de 2023, toda obligación que presenten las entidades territoriales con la Nación, en virtud del artículo 5 de la Ley 1608 de 2013 y que no hubieren reintegrado estos recursos, puede condonarse siempre y cuando se cumplan los requisitos y las demás condiciones para ser beneficiaria​s de dicha condonación.

En consecuencia, la ADRES publica el estado de cuenta de la deuda no restituida por parte de las entidades territoriales con corte a 31 de diciembre de 2023:


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