Nuevo proceso de reconocimiento el pago de pruebas COVID-19 practicadas entre el 17 de marzo y 25 de agosto del 2020

 14/05/2021 2:34

 La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES- publicó la Resolución 144 de 2021 con la que se establece el proceso de reconocimiento y pago de las pruebas COVID-19 (PCR y antígeno) que fueron practicadas a los afiliados del sistema de salud de los regímenes contributivo y subsidiado a través de las EPS, entre el 17 de marzo y el 25 de agosto del 2020.

El acto administrativo define las condiciones con las que las EPS deberán presentar el anexo técnico donde se identifican variables mínimas asociadas a el paciente y a los prestadores que tomaron y procesaron las pruebas practicadas en ese periodo. Así mismo se establece el periodo de presentación y corrección, las validaciones a aplicar por parte de la ADRES y los criterios para la liquidación y pago.

El pago de estas pruebas diagnósticas se hará de forma directa a los hospitales clínicas, centros médicos y laboratorios que prestaron el servicio, siempre y cuando la EPS acredite que aún no se ha realizado el pago. Si la cuenta ya fue pagada por la EPS, el reconocimiento y pago le corresponderá a la aseguradora.

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