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Alternativas de radicación y auditoría de reclamaciones generada de conformidad con la norma que habilita su presentación.​

​Son reclamaciones que ingresan por primera vez al sistema de información de reclamaciones de la ADRES.​

​Mecanismo por la cual se establecen los términos, formatos y requisitos para el reconocimiento y pago de los recobros y las reclamaciones en virtud de lo dispuesto en el literal c) del artículo 73 de la Ley 1753de 2015.​

​Mecanismo mediante el cual el reclamante tiene la oportunidad, por única vez, de objetar o aportar el soporte que subsane las glosas aplicadas en el proceso de auditoría como resultado del incumplimiento de alguno de los requisitos previstos. Acción que podrá realizarse dentro de los dos (2) meses siguientes a la comunicación de resultado de auditoría, de acuerdo con lo definido en el artículo 23 de la Resolución 1645 de 2016 o norma que la modifique o sustituya.​